AGRÍCOLA Y GANADERO

Proyectos de la fundación Soriactiva

PAC

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El nuevo pago básico por explotación, establecido en la última reforma de la PAC, sustituyó en 2015, a las ayudas directas que los agricultores reciben por unidad de superficie o de ganado.

La explicación de dicha reforma puede verse en el siguiente enlace:

Aplicación y Reforma de la PAC.

Como información complementaria se adjuntan los siguientes Reglamentos en los que está basada dicha reforma.

LEGISLACIÓN

Real Decreto 1075/2014 (1,72 MB)

* Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

Real Decreto 1076/2014 (2,00 MB)

* Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la política agrícola común.

Real Decreto 1077/2014 (0,25 MB)

* Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas.

Real Decreto 1078/2014 (0,50 MB)

* Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.

CORRECCIÓN de errores y errata del Real Decreto 1078/2014 (0,15 MB)

* CORRECCIÓN de errores y errata del Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.

Real Decreto 1079/2014 (1,39 MB)

* Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola.

ORDEN AYG/1129/2014 (5,28 MB)

* ORDEN AYG/1129/2014, de 19 de diciembre, por la que se regulan las medidas de agroambiente y clima, contenidas en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y cofinanciadas por el Fondo Europeo agrícola de Desarrollo Rural (Feader).

ORDEN AYG/1130/2014 (7,51 MB)

* ORDEN AYG/1130/2014, de 19 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de determinadas subvenciones a la transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación en Castilla y León incluidas en la submedida 4.2 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 cofinanciado por el FEADER.

ORDEN AYG/1131/2014 (7,14 MB)

* ORDEN AYG/1131/2014, de 19 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias.

ORDEN AYG/1132/2014 (2,45 MB)

* ORDEN AYG/1132/2014, de 19 de diciembre, por la que se regula la medida de agricultura ecológica, contenida en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y cofinanciada por el Fondo Europeo agrícola de Desarrollo Rural (Feader).

 

NORMATIVA PAC 2021

LEGISLACIÓN

Real Decreto 1172/2015 (0,50 MB)

La PAC en detalle: pagos directos a los agricultores en el periodo 2015-2020

* PAGOS DIRECTOS

 Real Decreto 980/2017 (0,40 MB)

* Real Decreto 980/2017, de 10 de noviembre, por el que se modifican los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.

 Real Decreto 5/2018 (1,90 MB)

* Real Decreto 5/2018, de 12 de enero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.

 Real Decreto 27/2018 (0,20 MB)

* Real Decreto 27/2018, de 26 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, en aplicación de las disposiciones relativas a la Política Agrícola Común.

 

Real Decreto 628/2019

Real Decreto 628/2019, de 31 de octubre, por el que se modifican los Reales Decretos 1075/2014 y 1076/2014, ambos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.

Real Decreto 628:

Real Decreto 41/2021, de 26 de enero, por el que se establecen las disposiciones específicas para la aplicación en los años 2021 y 2022 de los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.

Orden de 28 de enero de 2020

Orden de 28 de enero de 2020 de la consejería de agricultura, ganadería y desarrollo rural por la que se convocan pagos directos a la agricultura y a la ganadería en el año 2020, a otros regímenes de ayudas por superficie, a determinadas ayudas cofinanciadas por el FEADER en el marco del programa de desarrollo rural de castilla y león 2014-2020 (ayudas de agroambiente y clima y de agricultura ecológica en la campaña agrícola 2019/2020, ayudas a zonas con limitaciones naturales en zonas de montaña y ayudas al mantenimiento de las superficies forestadas en el año 2020) y a la selección de usuarios del sistema de asesoramiento de castilla y león para la campaña agrícola 2020/2021.

Orden de 28 de enero de 2021

Orden de 28 de enero de 2021 de la consejería de agricultura, ganadería y desarrollo rural por la que se convocan pagos directos a la agricultura y a la ganadería en el año 2021, a otros regímenes de ayudas por superficie, a determinadas ayudas cofinanciadas por el FEADER en el marco del programa de desarrollo rural de Castilla y León 2014-2020 (ayudas de agroambiente y clima y de agricultura ecológica en la campaña agrícola 2020/2021, ayudas a zonas con limitaciones naturales y ayudas al mantenimiento de las superficies forestadas en el año 2021).

 

Circular 1-2021 cesión derechos 

Ver “Anexos de la Solicitud única 2021”.

CONSULTAS PAC
En estos enlaces podrás acceder a las consultas sobre la PAC que necesites:

DERECHOS DEFINITIVOS
Acceder a la web aquí
TIPOS CESIÓN DERECHOS
Acceder al PDF
CONDICIONALIDAD
Acceder al PDF

MODERNIZACIÓN

Una de las prioridades de actuación del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 es la mejora de la competitividad de las explotaciones agrarias mediante la creación de empleo con especial atención a los jóvenes agricultores, la modernización de las infraestructuras agrarias y los regadíos. Para alcanzar este objetivo, además de las medidas que dan continuidad a la política de desarrollo rural que ha venido llevando a cabo la Junta de Castilla y León, se incorporan nuevas actuaciones como son las inversiones en nuevos regadíos, el mayor apoyo a la incorporación de jóvenes al sector agrario, la formación, la innovación y la aplicación de nuevas prácticas agrarias sostenibles con el medio ambiente, lo que permitirá mejorar la competitividad de nuestras explotaciones.

En este contexto, se desarrollan en Castilla y León una serie de ayudas cofinanciadas por FEADER, la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma.

Estas ayudas, son las siguientes:

Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrarias. (Medida 4. Submedida 4.1.).

  • ¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes así como las unidades económicas sin personalidad jurídica titulares de una explotación agraria de titularidad compartida, que mejoren el rendimiento global y la sostenibilidad de la explotación.

  • ¿Qué requisitos debo cumplir?

Podrán acceder a las ayudas a las inversiones en las explotaciones agrarias mediante planes de mejora, las personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes así como las unidades económicas sin personalidad jurídica titulares de una explotación agraria de titularidad compartida, que mejoren el rendimiento global y la sostenibilidad de una explotación agrícola y que cumplan los siguientes requisitos:

  • ¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, a través de la aplicación electrónica “G.E.M.A.”.

La acreditación del cumplimiento, por parte de los beneficiarios, de los requisitos y compromisos establecidos para cada una de las líneas de ayuda, se hará mediante la presentación y registro, junto con el formulario correspondiente de control documental (modelo M3 del Anexo I), de los documentos enumerados en el Anexo VI. De igual manera, la aplicación electrónica «G.E.M.A.» permitirá el anexado de documentos digitalizados.

 

Primera instalación de jóvenes agricultores (Medida 6. Submedida 6.1.).

  • ¿Quién lo puede solicitar?
  • Agricultores jóvenes que realicen su primera instalación.
  • Joven agricultor: Persona que, en el momento de presentar solicitud, tiene 18 años o más y no tiene más de cuarenta años, cuenta con la capacitación y la competencia profesionales adecuadas y se instala en una explotación agraria por 1ª vez como titular.
  • ¿Qué requisitos debo cumplir?

Podrán ser beneficiarios los agricultores jóvenes que realicen su primera instalación siempre que reúnan los siguientes requisitos:

  • ¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, a través de la aplicación electrónica “G.E.M.A.”.

Podrán combinarse, en una misma solicitud, las ayudas de la submedida 6.1 con la submedida 4.1, cuando el solicitante sea una persona física que acceda a la titularidad de una explotación individual o que se instale como cotitular con las condiciones recogidas en la orden de bases.

En el caso de que la instalación se produzca en una explotación de titularidad asociativa o en una Titularidad Compartida (TC), se presentarán tantas solicitudes de ayuda acogidas a la submedida 6.1 como jóvenes se pretendan instalar pudiéndose presentar, adicionalmente, una solicitud de la submedida 4.1 cuyo titular será la entidad asociativa o TC que corresponda.

La acreditación del cumplimiento, por parte de los beneficiarios, de los requisitos y compromisos establecidos para cada una de las líneas de ayuda, se hará mediante la presentación y registro, junto con el formulario correspondiente de control documental (modelos M3 o M4 del Anexo I), de los documentos enumerados en el Anexo VI que sean de aplicación. De igual manera, la aplicación electrónica «G.E.M.A.» permitirá el anexado de documentos digitalizados.